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INTERES GENERAL

Mendoza: prohibieron fumar en parques, plazas y cerca de escuelas

Mendoza amplió las restricciones del consumo de cigarrillo y no se podrá fumar en plazas, parques y distintos lugares cerrados.

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En Mendoza, se ha establecido una prohibición para fumar en plazas, parques y en las entradas de las escuelas. El Consejo Deliberante ha realizado modificaciones al Código de Convivencia con el fin de extender la restricción al uso de cigarrillos, vapeadores y cigarrillos electrónicos.

La normativa tiene como objetivo lograr que haya "espacios públicos libres de humo". La reforma del artículo 49° de la Ordenanza 3877/2014 extiende la prohibición de fumar a plazas, parques, áreas con circuitos aeróbicos, zonas deportivas, espacios de recreación infantil, frente a escuelas, residencias para personas mayores y centros de atención e internación para niños y adultos.

Esta regulación se inserta en el contexto de la Declaración de emergencia climática de la Ciudad de Mendoza, establecida mediante el decreto N°95/2020. La restricción impuesta a las acciones de los fumadores busca proteger la salud pública y el medio ambiente, con el fin de crear "espacios públicos libres de humo" que contribuyan a reducir el calentamiento global y lograr, para el año 2030, "una gestión con balance positivo".

Detalles de la ordenanza

El artículo clave de esta enmienda estipula la prohibición de fumar o mantener encendidos cigarrillos electrónicos u otros dispositivos de vaporización en espacios públicos, en particular en áreas donde existan juegos para niños, areneros, circuitos aeróbicos y zonas de actividad deportiva.

Cabe destacar, que Mendoza ya contaba con una restricción antitabaco en lugares públicos cerrados. Las multas van desde los $24.000 hasta los $90.000.

El texto del artículo 1° dicta: “Se prohíbe fumar o sostener tabaco encendido, cigarrillos electrónicos u otros dispositivos de vaporización electrónica, en plazas, parques, paseos públicos, y en áreas donde existan juegos para niños, areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o zonas destinadas a la práctica deportiva”.

Parque General San Martín de la ciudad de Mendoza.
Parque General San Martín de la ciudad de Mendoza.

La norma también incluye espacios de recreación infantil, así como las veredas frente a establecimientos de atención e internación de niños y adultos y residencias para personas mayores, aplicable las 24 horas del día.

Para asegurar el cumplimiento de esta medida, el intendente de la capital provincial, Ulpiano Suárez, destacó que se colocarán carteles informativos y se realizarán reuniones con vecinos y autoridades escolares para promover la concienciación. Además, se coordinará con autoridades educativas para informar a padres y cuidadores acerca de la normativa. “El incumplimiento será sancionado conforme al Código de Convivencia vigente”, han advertido las autoridades.

fuente: aire digital

mendoza

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