POLICIALES

"Saltó" la alarma cuando salía del supermercado y lo obligaron a desvestirse: ahora deben resarcirlo

Una cadena de supermercados de Rosario y una empresa de seguridad privada deben indemnizar a un cliente que vivió una situación de maltrato. El caso se basó en la Ley de Defensa del Consumidor

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Una cadena de supermercados y una empresa de seguridad privada tendrán que resarcir a un cliente que vivió una situación de maltrato. En un fallo de primera instancia, la jueza en lo civil y comercial Mónica Klebcar ordenó que ambas firmas le abonen un millón de pesos por daño moral y psicológico.
La magistrada advirtió que tanto la Constitución Nacional como la ley de defensa del consumidor obligan a las empresas a garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios y, en este sentido, deben "abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias".
El caso que llegó a los Tribunales provinciales ilustra una situación que sucede con más frecuencia de la que se denuncia. El 8 de julio de 2020, un hombre mayor fue a realizar sus compras en la sucursal del Supermercado La Gallega, de Mendoza al 7600. Después de pasar por las cajas, cuando estaba llegando a la salida, se activó la alarma del local.

Entonces, según declaró el hombre, un guardia de la empresa de seguridad privada Segrup lo increpó de forma prepotente, preguntándole si se estaba llevando algo dentro de la ropa, le pidió que muestre los bolsillos y que vuelva a pasar por el mismo lugar. El hombre encaró la salida tres veces, pero la alarma seguía sonando.
Entonces le pidieron revisar su mochila y, como allí tampoco encontraron nada extraño, le indicaron que tenía que pasar al baño para realizar una requisa. Nervioso y muy avergonzado, el hombre pidió ser revisado por un oficial de policía, pero el guardia se negó, lo hizo pasar al baño y lo intimidó para que se desvista casi por completo, "sobre un piso que estaba frío, sucio y contaminado, sin tener en consideración su edad y además violando todos los protocolos de prevención de contagio de Covid, en plena pandemia", según consta en el expediente.

Recién después de someterlo a esa revisación y sin haber encontrado ninguna mercadería entre la vestimenta del cliente, los guardias permitieron que se fuera del lugar. Según relató el hombre, estaba tan nervioso que se alejó del supermercado caminando, hasta que hizo unos metros y se dio cuenta de que había dejado el auto en el estacionamiento del local.
Al contestar la demanda, La Gallega reconoció que cuenta con vigilancia a través de un servicio contratado, al que instruye en forma expresa acerca de las funciones de vigilancia y que debe dispensar en todos los casos trato digno y respetuoso en el cumplimiento de las tareas asignadas.
Por su parte, desde la empresa de seguridad adujeron que no correspondía aplicar la ley que protege a los consumidores, porque ningún contrato la unía con el actor, sino sólo con la empresa a la que prestaba servicio de seguridad.
La Capital

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