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NEGOCIOS Y EMPRESAS

IFE 5 y jubilaciones ordinarias: todo lo que hay que saber

Agrandar imagen Andrea Steinberger responde sobre el
Andrea Steinberger responde sobre el "IFE 5"

A partir de octubre entrará en vigencia el IFE 5. Esto trajo en la población dudas y preguntas en relación al mismo. Radio Rafaela dialogó con Andrea Steinberger , abogada M° N° 5839, para responder estas cuestiones, junto a información acerca de las jubilaciones ordinarias.

Desde el próximo mes, en nuestro país se comenzará a cobrar el “IFE 5”. El Ingreso Familiar de Emergencia surgió de parte del gobierno nacional, para paliar el impacto de la emergencia sanitaria sobre la economía de las familias argentinas más afectadas.

Luego de haberse presentado en cuatro oportunidades el IFE, volverá para finales de este año, en una quinta ocasión. Durante octubre, noviembre y diciembre los beneficiados cobrarán $16.500.

Ante la consulta sobre quiénes pueden cobrar el mismo, Steinberger declaró que no se pueden cobrar dos beneficios de la misma naturaleza.

Quedan excluidas las personas que están cobrando el "Potenciar Trabajo", la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y también las personas que cobran la tarjeta "Alimentar"

Andrea Steinberger

Sumado a esto, Andrea Steinberger recomienda que antes de solicitar el IFE, se debe recordar la actualización de los datos en “Mi Anses”.

¿Cómo tienen que hacerlo? “Generar la clave de la seguridad social y actualizar los datos personales y los datos familiares. Esto termina siendo una restricción también para cobrar el beneficio”, nos comentaba Steinberger, recalcando la importancia de esta cuestión.

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Todo sobre la jubilación ordinaria

La jubilación ordinaria se obtiene en nuestro país a partir de los 65 años para los varones y 60 años para las mujeres, sumado a los 30 años de aporte.

El varón cuando cumple los 50 años, es importante hacer un reconocimiento de servicio para saber dónde estamos posicionados, cuáles son las ventajas que tengo, con qué herramientas cuento para poder regularizar mi situación y llegar con ese mínimo exigido por la ley N° 2441.

Andrea Steinberger

Sumado a esto, se debe tener en cuenta que existen ocasiones en las que los trabajadores pueden conseguir su jubilación antes de estos parámetros.

Existen trabajadores que realizan algún tipo de tarea riesgosa o penosa, que genera un envejecimiento prematuro de su cuerpo. Steinberger mencionaba que este tipo de actividades permiten a los trabajadores jubilarse antes y con menos aportes. Por ejemplo, los trabajadores del vidrio, de la construcción, rurales y los de la carne se encuentran dentro de este beneficio.

¿Qué sucede con los trabajadores autónomos?

Para aquellas personas autónomas o monotributistas, que incluso pueden tener deudas en relación a sus aportes, la AFIP brinda herramientas: “a través del plan “Mis Facilidades” nos permite regularizar esa deuda. Es cuestión de investigar, de estar, de preocuparse de ir a consultar, buscar alternativas”, nos mencionaba Andrea Steinberger, en relación a esta temática.

ANSES afip jubilacion ife

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